Qué cambia y cuándo
El SII publicó en noviembre de 2025 la Resolución Exenta N°154, que modifica los requisitos de las guías de despacho y de las facturas que respaldan el traslado de bienes.
La entrada en vigencia se movió. Estaba fijada para el 1 de mayo de 2026 y la Resolución Exenta N°52 la postergó: rige desde el 1 de noviembre de 2026. Hasta el 31 de octubre las nuevas reglas pueden aplicarse de forma voluntaria.
Si tu operación despacha productos —y un ecommerce despacha por definición— esto te aplica.
Los nuevos campos obligatorios
La lógica del cambio es que el documento describa el traslado completo, no solo la mercadería. Desde noviembre hay que consignar:
| Dato | Qué debe indicar |
|---|---|
| Origen y destino | Desde dónde salen los bienes y hacia dónde van |
| Transportista | Quién realiza el traslado |
| Vehículo | Identificación del vehículo utilizado |
| Detalle de la carga | Cantidades, peso o volumen, descripción comercial exacta y precio unitario |
| Tipo de traslado | Venta, venta por efectuar, consignación, traslado interno, devolución, entrega gratuita, exportación |
| Inicio del traslado | Fecha y hora efectiva de salida |
El campo de tipo de traslado es el que más ordena hacia adentro: obliga a declarar por qué se mueve la mercadería, y eso saca a la luz movimientos que muchas empresas venían documentando de cualquier manera.
Las reglas operativas, que pesan más que los campos
Los campos nuevos se resuelven configurando el sistema de facturación. Lo que cambia procesos es esto:
La guía se emite antes de que el vehículo salga
No después, no al cierre del día. Eso obliga a que bodega, administración y transporte estén sincronizados en el momento del despacho, no en diferido.
Una guía, un traslado, un vehículo
No se puede reutilizar un documento para varios días ni para distintos destinos. Para traslados de más de un día hay que consignar el motivo y la fecha estimada de entrega.
Entregas parciales, un documento por entrega
La guía inicial va como "venta por efectuar" y cada entrega genera su propio documento.
El conductor debe poder exhibir el DTE digitalmente
Durante el traslado, el documento se muestra en un dispositivo electrónico. El papel queda para contingencia —cuando no hay señal— y en ese caso el envío al SII se hace apenas se recupera la conexión.
Registro y conservación
Mientras el SII habilita el Registro oficial de Guías de Despacho, los emisores con sistema propio o de mercado deben registrar las guías vigentes y anuladas en el Libro de Guías de Despacho Electrónicas. Los registros se conservan por seis años.
Qué significa para una tienda online
El caso típico del ecommerce chileno es que la boleta o factura se emite y el courier retira. La guía aparece cuando el traslado no está respaldado por el documento de venta, o cuando la mercadería se mueve sin haberse vendido todavía.
Los escenarios donde esto pega fuerte:
- Despacho desde bodega propia con flota propia: la guía la emites tú, con todos los campos nuevos.
- Traslados entre bodegas o hacia una tienda: son traslados internos, no ventas, y ahora deben declararse como tal.
- Envío de mercadería a un centro de distribución de marketplace (el caso de Mercado Libre Full): es un traspaso, no una venta, y necesita su documento.
- Entregas parciales de un mismo pedido: cada una con documento propio.
El punto en común es que todos esos datos —bodega de origen, destino, tipo de movimiento— ya viven en el ERP. Lo que cambia es que ahora tienen que salir impresos en el documento, en el momento correcto.
Cómo prepararse antes de noviembre
Paso 1: identificar qué traslados documentas hoy
Y con qué. Muchas empresas descubren en este punto que hay movimientos —traslados entre bodegas, envíos a consignación— que nadie estaba documentando formalmente.
Paso 2: confirmar con tu proveedor de facturación
Si emites con un proveedor autorizado o un software de mercado, la pregunta concreta es si ya soporta el Anexo Técnico con los campos nuevos. Es la validación más importante y no depende de ti.
Paso 3: revisar de dónde sale cada dato
Origen y destino salen de las bodegas del ERP. El detalle de carga sale del maestro de productos, y necesita peso o volumen cargado — el campo que casi nadie tiene completo. Transportista y vehículo suelen ser el dato que hoy no está en ningún sistema.
Paso 4: ajustar el momento de emisión
Si hoy emites al cierre del día, hay que moverlo a antes de la salida del vehículo. Es un cambio de proceso de bodega, no de software.
Paso 5: resolver la exhibición digital
El conductor necesita poder mostrar el documento en pantalla. Definir cómo llega ahí —app, correo, enlace— antes de noviembre.
El dato que casi nadie tiene cargado
De todos los campos nuevos, el que más frena implementaciones es el peso o volumen por producto.
Es el mismo dato que se necesita para cotizar envíos con Chilexpress o Starken, y en la mayoría de los catálogos está incompleto o inventado. Si vas a normalizarlo para cumplir la resolución, aprovecha de hacerlo bien: sirve para la guía, para la cotización de envío y para el cálculo de despacho en el checkout.
Preguntas frecuentes
¿Desde cuándo rigen los nuevos requisitos de la guía de despacho?
Desde el 1 de noviembre de 2026. La fecha original era el 1 de mayo de 2026 y se postergó mediante la Resolución Exenta N°52. Hasta el 31 de octubre las nuevas exigencias pueden aplicarse voluntariamente.
¿Aplica a las boletas electrónicas?
No. La resolución no aplica a los traslados que se documentan con boleta electrónica en ventas a consumidor final, ni a los contribuyentes del régimen especial de ferias libres.
¿Necesito emitir guía si ya emití la factura?
Si la factura respalda el traslado y cumple los requisitos, sirve. La guía es necesaria cuando se posterga la emisión de la factura o cuando se trasladan bienes que no constituyen venta.
¿Puedo seguir usando guías en papel?
La exhibición durante el traslado debe ser electrónica; el papel queda para contingencias sin conexión, con envío posterior al SII. Además, quienes usen documentos en papel deben mantener un archivo digital con folio, detalle, patentes, origen, destino, chofer y montos por seis años.
¿Un traslado a un centro de distribución de marketplace necesita guía?
Sí, y como traslado que no es venta. Enviar stock a un fulfillment de marketplace es un movimiento de mercadería propia entre ubicaciones, y en el ERP corresponde registrarlo como traspaso, no como venta.
Conclusión
La resolución no inventa un documento nuevo: aprieta la trazabilidad de uno que ya existía y que muchas empresas emitían con datos mínimos.
Lo que separa a quien va a cumplir sin dolor de quien va a sufrir en noviembre no es el software de facturación. Es si los datos de bodega, producto y movimiento están ordenados en el ERP, o si viven repartidos entre planillas y la memoria del jefe de bodega.
